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Los establecimientos educativos no podrán exigir en ningún caso, por sí mismo ni por medio de las asociaciones de padres de familia, ni otras organizaciones , cuotas en dinero o en especie , bonos donaciones en dinero o en especie, aportes o capital o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrícula, pensiones y cobros periódicos. |
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Las Instituciones Educativas deberán entregar a los padres de familia, en el momento de la matrícula del alumno, la lista completa de útiles escolares para uso pedagógico, textos, uniformes e implementos que se usarán durante el año académico siguiente, la cual debe estar previamente aprobada por el consejo directivo.
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La educación para las personas pertenecientes a los niveles 1 y 2 del SISBEN, e situación de desplazamiento a causa de violencia, los menores desmovilizados reinsertados o los hijos de estos, será totalmente gratis. |
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Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano |
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